GENERAL
JOSÉ DE SAN MARTÍN
TESTAMENTO Y CARTA
Producción
Periodística de Historia de Latitud Periódico
y Villa Crespo Digital
16
de febrero del 2019
SU TESTAMENTO
En 1844 redactó su testamento en París
París, 23 de enero de 1844 / Transcripción textual
Fragmento
de una carta enviada por el Libertador al Mariscal Castilla,
desde Boulogne Sur Mer el 11 de setiembre de 1848
Yo serví en el ejército español, en la
Península, desde la edad de trece a treinta y cuatro
años, hasta el grado de teniente coronel de caballería.
Una reunión de americanos en Cádiz, sabedores
de los primeros movimientos, acaecidos en Caracas, Buenos Aires,
etc., resolvimos regresar cada uno al país de nuestro
nacimiento, a fin de prestarle nuestros servicios en la lucha,
pues calculábamos se había de empeñar.
Yo llegué a Buenos Aires, a principios de 1812, fui recibido
por la Junta Gubernativa de aquella época, por uno de
los vocales con favor y por los dos restantes con una desconfianza
muy marcada; por otra parte, con muy pocas relaciones de familia,
en mi propio país, y sin otro apoyo que mis buenos deseos
de serle útil, sufrí este contraste con constancia,
hasta que las circunstancias me pusieron en situación
de disipar toda prevención, y poder seguir sin trabas
las vicisitudes de la guerra por la independencia. En el período
de diez años de mi carrera pública, en diferentes
mandos y estados la política que me propuse seguir fue
invariable en dos solos puntos, y que la suerte y circunstancias
más que el cálculo favorecieron mis miras, especialmente
en la primera, a saber, la de no mezclarme en los partidos que
alternativamente dominaron en aquella época, en Buenos
Aires, a lo que contribuyó mi ausencia de aquella capital
por espacio de nueve años.
El
segundo punto fue el de mirar a todos los Estados Americanos,
en que las fuerzas de mi mando penetraron, como Estados Hermanos
interesados todos en un santo y mismo fin.
Consecuente
con este justísimo principio, mi primer paso era hacer
declarar su independencia y crearles una fuerza militar propia
que la asegurase.
He aquí mi querido general, un corto análisis
de mi vida pública seguida en América.
José
de San Martín
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TESTAMENTO
*
En
el nombre de Dios todo Poderoso a quien conozco como Hacedor
del Universo: Digo yo José de San Martín, Generalísimo
de la República del Perú, y Fundador de su libertad,
Capitán General de la de Chile, y Brigadier General
de la confederación Argentina, qe. visto el mal estado
de mi salud, declaro por el presente Testamento lo siguiente:
Primero.
Dejo por Mi absoluta Heredera de mis bienes, havidos y por
haver a mi única Hija Mercedes de San Martín
actualmente casada con Mariano Balcarce.
2º- Es mi expresa boluntad el que mi Hija suministre
a mi Hermana María Elena, una Pensión de Mil
- frans. anuales, y a su fallecimiento, se continue pagando
a su hija Petronila, una de 250 hasta su muerte, sin qe.
pa. asegurar este don qe. hago a mi hermana y Sobrina, sea
necesarias otra Hipoteca qe. la confianza qe. me asiste
de qe. mi hija y sus herederos cumplirán religiosamente
ésta mi boluntad.
3º - El Sable que me a acompañado en toda la
Guerra de la Independencia de la América del Sud,
le será entregado al General de la República
Argentina don Juan Manuel de Rosas, como una prueba de satisfacción,
qe. como Argentino he tenido al ver la firmeza con qe. ha
sostenido el honor de la República contra las injustas
pretensiones de los Extranjeros qe. tratan de Umillarla.
4º - Proibo el que se me haga ningún género
de Funeral, y desde el lugar en qe falleciere se me conducirá
directamente, al Cementerio sin ningún acompañamto,
pero si desearía, el que mi Corazón fuese
depositado en el de Buenos Ayres.
5º -Declaro no deber ni haver jamás debido nada,
a nadie.
6º -Haun qe. es verdad qe. todos mis Anelos no han
tenido otro objeto qe. el bien de mi Hija amada, debo confesar,
que la honrada conducta de esta, y el constante cariño
y esmero qe. siempre me ha manifestado, han recompensado
con Usura, todos mis esmeros haciendo mi bejez feliz. Yo
la ruego continúe con el mismo cuidado y contracción
la educación de sus Hijas (a las qe. abrazo con todo
mi Corazón) si es qe. a su vez quiere tener la misma
feliz suerte qe. yo he tenido; igual encargo hago a su Esposo,
cuya honrrades, y hombía de bien no ha desmentido
la opinión qe. havía formado de él,
lo qe. me garantiza continuará haciendo la felicidad
de mi Hija y Nietas.
7º - Todo otro Testamento o Disposición anterior
al Presente queda Nulo y sin ningún balor. Hecho
en París a Veynte y tres de Enero del año
de mil ochocientos quarenta y quatro, y escrito todo el
de mi puño y letra.
Artículo
Adicional: Es mi boluntad el qe. el Estandarte que el Bravo
Español Dn. Francisco Pizarro tremoló en la
Conquista de Perú sea debuelto a esta República
(a pesar de ser propiedad mía) siempre que sus Goviernos
hallan realizado las Recompensas y honores con qe. me honró
su primer Congreso.
José
de San Martín
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Transcripción original
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TESTAMENTO
*
En
el nombre de Dios Todo Poderoso a quien reconozco como hacedor
del Universo: Digo yo José de San Martín, Generalísimo
de la República del Perú y Fundador de su libertad,
Capitán General de la de Chile, y Brigadier General de
la Confederación Argentina, que visto el mal estado de
mi salud, declaro por el presente Testamento lo siguiente:
Primero,
dejo por mi absoluta Heredera de mis bienes, habidos y por haber
a mi única hija Mercedes de San Martín actualmente
casada con Mariano Balcarce.
Segundo.
Es mi expresa voluntad que mi hija suministre a mi hermana María
Elena, una pensión de mil Francos anuales, y a su fallecimiento,
se continúe pagando a su hija Petronila, una de 250 hasta
su muerte, sin que para asegurar este don que hago a mi hermana
y sobrina, sea necesaria otra hipoteca que la confianza que
me asiste de que mi hija y sus herederos cumplirán religiosamente
esta mi voluntad.
Tercero.
El sable que me ha acompañado en toda la Guerra de la
Independencia de la América del Sud, le será entregado
al Genera! de la República Argentina Don Juan Manuel
de Rosas, como una prueba de la satisfacción, que como
Argentino he tenido al ver la firmeza con que ha sostenido el
honor de la República contra las injustas pretensiones
de los Extranjeros que tratan de humillarla.
Cuarto.
Prohibo el que se me haga ningún género de Funeral,
y desde el lugar en que falleciere, se me conducirá directamente
al cementerio sin ningún acompañamiento, pero
sí desearía, el que mi corazón fuese depositado
en el de Buenos Aires».
Quinto.
Declaro no deber ni haber jamás debido nada a nadie.
Sexto.
Aunque, es verdad que todos mi anhelos no han tenido otro objeto
que el bien de mi hija amada, debo confesar que la honrada conducta
de ésta, y el constante cariño y esmero que siempre
me ha manifestado, han recompensado con usura, todos mis esmeros
haciendo mi vejez feliz. Yo le ruego continúe con el
mismo cuidado y contracción la educación de sus
hijas (a las que abrazo con todo mi corazón) si es que
a su vez quiere tener la misma feliz suerte que yo he tenido;
igual encargo hago a su esposo, cuya honradez y hombría
de bien no ha desmentido la opinión que había
formado de él, lo que me garantiza continuará
haciendo la felicidad de mi hija y nietas.
Séptimo. Todo otro Testamento o Disposición anterior
al presente queda nulo y sin ningún valor.
Hecho en París a veintitrés de Enero del año
mil ochocientos cuarenta y cuatro, y escrito todo él
de mi puño y letra.
Artículo
adicional. Es mi voluntad que el Estandarte que el bravo Español
Don Francisco Pizarro tremoló en la Conquista del Perú
sea devuelto a esta República (a pesar de ser una propiedad
mía) siempre que sus Gobiernos hayan realizado las recompensas
y honores con que me honró su primer Congreso.
JOSE
DE SAN MARTÍN
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Transcripción actualizada
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