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"Hace más ruido un solo hombre gritando que cien mil callando". José de San Martín

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José Francisco de San Martín

 

GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN
TESTAMENTO Y CARTA

Producción Periodística de Historia de Latitud Periódico y Villa Crespo Digital

16 de febrero del 2019


SU TESTAMENTO
En 1844 redactó su testamento en París
París, 23 de enero de 1844 / Transcripción textual

 

Fragmento de una carta enviada por el Libertador al Mariscal Castilla, desde Boulogne Sur Mer el 11 de setiembre de 1848


Yo serví en el ejército español, en la Península, desde la edad de trece a treinta y cuatro años, hasta el grado de teniente coronel de caballería. Una reunión de americanos en Cádiz, sabedores de los primeros movimientos, acaecidos en Caracas, Buenos Aires, etc., resolvimos regresar cada uno al país de nuestro nacimiento, a fin de prestarle nuestros servicios en la lucha, pues calculábamos se había de empeñar. Yo llegué a Buenos Aires, a principios de 1812, fui recibido por la Junta Gubernativa de aquella época, por uno de los vocales con favor y por los dos restantes con una desconfianza muy marcada; por otra parte, con muy pocas relaciones de familia, en mi propio país, y sin otro apoyo que mis buenos deseos de serle útil, sufrí este contraste con constancia, hasta que las circunstancias me pusieron en situación de disipar toda prevención, y poder seguir sin trabas las vicisitudes de la guerra por la independencia. En el período de diez años de mi carrera pública, en diferentes mandos y estados la política que me propuse seguir fue invariable en dos solos puntos, y que la suerte y circunstancias más que el cálculo favorecieron mis miras, especialmente en la primera, a saber, la de no mezclarme en los partidos que alternativamente dominaron en aquella época, en Buenos Aires, a lo que contribuyó mi ausencia de aquella capital por espacio de nueve años.

El segundo punto fue el de mirar a todos los Estados Americanos, en que las fuerzas de mi mando penetraron, como Estados Hermanos interesados todos en un santo y mismo fin.

Consecuente con este justísimo principio, mi primer paso era hacer declarar su independencia y crearles una fuerza militar propia que la asegurase.
He aquí mi querido general, un corto análisis de mi vida pública seguida en América.

José de San Martín

 

TESTAMENTO *

En el nombre de Dios todo Poderoso a quien conozco como Hacedor del Universo: Digo yo José de San Martín, Generalísimo de la República del Perú, y Fundador de su libertad, Capitán General de la de Chile, y Brigadier General de la confederación Argentina, qe. visto el mal estado de mi salud, declaro por el presente Testamento lo siguiente:

Primero. Dejo por Mi absoluta Heredera de mis bienes, havidos y por haver a mi única Hija Mercedes de San Martín actualmente casada con Mariano Balcarce.
2º- Es mi expresa boluntad el que mi Hija suministre a mi Hermana María Elena, una Pensión de Mil - frans. anuales, y a su fallecimiento, se continue pagando a su hija Petronila, una de 250 hasta su muerte, sin qe. pa. asegurar este don qe. hago a mi hermana y Sobrina, sea necesarias otra Hipoteca qe. la confianza qe. me asiste de qe. mi hija y sus herederos cumplirán religiosamente ésta mi boluntad.
3º - El Sable que me a acompañado en toda la Guerra de la Independencia de la América del Sud, le será entregado al General de la República Argentina don Juan Manuel de Rosas, como una prueba de satisfacción, qe. como Argentino he tenido al ver la firmeza con qe. ha sostenido el honor de la República contra las injustas pretensiones de los Extranjeros qe. tratan de Umillarla.
4º - Proibo el que se me haga ningún género de Funeral, y desde el lugar en qe falleciere se me conducirá directamente, al Cementerio sin ningún acompañamto, pero si desearía, el que mi Corazón fuese depositado en el de Buenos Ayres.
5º -Declaro no deber ni haver jamás debido nada, a nadie.
6º -Haun qe. es verdad qe. todos mis Anelos no han tenido otro objeto qe. el bien de mi Hija amada, debo confesar, que la honrada conducta de esta, y el constante cariño y esmero qe. siempre me ha manifestado, han recompensado con Usura, todos mis esmeros haciendo mi bejez feliz. Yo la ruego continúe con el mismo cuidado y contracción la educación de sus Hijas (a las qe. abrazo con todo mi Corazón) si es qe. a su vez quiere tener la misma feliz suerte qe. yo he tenido; igual encargo hago a su Esposo, cuya honrrades, y hombía de bien no ha desmentido la opinión qe. havía formado de él, lo qe. me garantiza continuará haciendo la felicidad de mi Hija y Nietas.
7º - Todo otro Testamento o Disposición anterior al Presente queda Nulo y sin ningún balor. Hecho en París a Veynte y tres de Enero del año de mil ochocientos quarenta y quatro, y escrito todo el de mi puño y letra.

Artículo Adicional: Es mi boluntad el qe. el Estandarte que el Bravo Español Dn. Francisco Pizarro tremoló en la Conquista de Perú sea debuelto a esta República (a pesar de ser propiedad mía) siempre que sus Goviernos hallan realizado las Recompensas y honores con qe. me honró su primer Congreso.

José de San Martín

* Transcripción original

TESTAMENTO *

En el nombre de Dios Todo Poderoso a quien reconozco como hacedor del Universo: Digo yo José de San Martín, Generalísimo de la República del Perú y Fundador de su libertad, Capitán General de la de Chile, y Brigadier General de la Confederación Argentina, que visto el mal estado de mi salud, declaro por el presente Testamento lo siguiente:

Primero, dejo por mi absoluta Heredera de mis bienes, habidos y por haber a mi única hija Mercedes de San Martín actualmente casada con Mariano Balcarce.

Segundo. Es mi expresa voluntad que mi hija suministre a mi hermana María Elena, una pensión de mil Francos anuales, y a su fallecimiento, se continúe pagando a su hija Petronila, una de 250 hasta su muerte, sin que para asegurar este don que hago a mi hermana y sobrina, sea necesaria otra hipoteca que la confianza que me asiste de que mi hija y sus herederos cumplirán religiosamente esta mi voluntad.

Tercero. El sable que me ha acompañado en toda la Guerra de la Independencia de la América del Sud, le será entregado al Genera! de la República Argentina Don Juan Manuel de Rosas, como una prueba de la satisfacción, que como Argentino he tenido al ver la firmeza con que ha sostenido el honor de la República contra las injustas pretensiones de los Extranjeros que tratan de humillarla.

Cuarto. Prohibo el que se me haga ningún género de Funeral, y desde el lugar en que falleciere, se me conducirá directamente al cementerio sin ningún acompañamiento, pero sí desearía, el que mi corazón fuese depositado en el de Buenos Aires».

Quinto. Declaro no deber ni haber jamás debido nada a nadie.

Sexto. Aunque, es verdad que todos mi anhelos no han tenido otro objeto que el bien de mi hija amada, debo confesar que la honrada conducta de ésta, y el constante cariño y esmero que siempre me ha manifestado, han recompensado con usura, todos mis esmeros haciendo mi vejez feliz. Yo le ruego continúe con el mismo cuidado y contracción la educación de sus hijas (a las que abrazo con todo mi corazón) si es que a su vez quiere tener la misma feliz suerte que yo he tenido; igual encargo hago a su esposo, cuya honradez y hombría de bien no ha desmentido la opinión que había formado de él, lo que me garantiza continuará haciendo la felicidad de mi hija y nietas.
Séptimo. Todo otro Testamento o Disposición anterior al presente queda nulo y sin ningún valor.
Hecho en París a veintitrés de Enero del año mil ochocientos cuarenta y cuatro, y escrito todo él de mi puño y letra.

Artículo adicional. Es mi voluntad que el Estandarte que el bravo Español Don Francisco Pizarro tremoló en la Conquista del Perú sea devuelto a esta República (a pesar de ser una propiedad mía) siempre que sus Gobiernos hayan realizado las recompensas y honores con que me honró su primer Congreso.

JOSE DE SAN MARTÍN

* Transcripción actualizada

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